Los cursos requeridos por instituciones deben
ser siempre colectivos.
Su valor es especial
y preferencial.
Se considera un honorario
único y total para el profesor contratado en forma directa o vÃa Sence,
gestionado por el propio organismo interesado.
El valor definitivo
dependerá de la cantidad de alumnos, el tipo de curso solicitado
y la temporada en que se dicten las clases.
Puede tratarse de cursos formales como también
de shows especiales o seminarios breves.
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